
La S.P. A (sociedad por acciones) creada por ley, en junio de 2007 es una forma de crear empresa unipersonal o con mas personas, la que tributariamente es tratada como "sociedad anónima", siendo que no necesariamente es "sociedad" desde el momento que puede ser "unipersonal".
Su definición se la agrega al Código de Comercio en el articulo Nº 424 en que dice:
Art. 424 "La sociedad por acciones, o simplemente la sociedad para efectos de este párrafo, es una persona jurídica creada por una o mas personas mediante un acto de constitución perfeccionado de acuerdo con los preceptos siguientes, cuya participación en el capital es representada por acciones"
…………………………………………….
TRATAMIENTO TRIBUTARIO.
Es persona jurídica, por lo que desde el punto de vista tributario, "es contribuyente"
Es sociedad mercantil, por lo que queda sometida a las normas del código de comercio.
Debe obtener R.U.T.
Dependiendo de la actividad que realizan pueden ser sujetos de impuesto de primera categoría, sea actividad del articulo Nº20 Nos. 1,3,4,5.-
En sintesis , su tratamiento tributario es igual a una S.A.
Cualquier duda estamos a su disposición.
No hay comentarios:
Publicar un comentario