jueves, 13 de noviembre de 2008
MODIFICACIÓN ARTICULO 14 BIS. LEY DE IMPUESTO A LA RENTA
El articulo 14 bis de la Ley de Impuesto a la renta, ha sufrido modificaciones que hacen que toda planificación tributaria, deba ser revisada antes del 1º de enero de 2009.
Para mantenerse en el sistema se aumenta el monto de ventas anual de 3.000 a 5.000 UTM anuales.
Se modifica el monto, si se acoge al al articulo 14 bis al momento de hacer inicio de actividades.
Se le agregan dos modificaciones, que pueden causar problemas financieros.
1. Deben sumarse las rentas de acuerdo a las relaciones.
2. Otras restricciones.
Si necesita asesoria particular de este tema, contáctenos.
generalconsulting@manquehue.net
General Consulting S.A
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